En la anterior columna debatimos el siempre recurrente artículo 47 de la Constitución y la definición de vivienda digna, pero también puse encima de la mesa, de pasada, otro artículo, que pocas veces se cita y que está dentro del Título I, el artículo 33, el derecho a la propiedad privada y a la herencia, del que cabe citar: “Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social”.
Y ya la tenemos liada
¿Cuáles son las causas justificadas de utilidad pública o interés social? ¿Las ocurrencias oportunas del político de turno en función de la necesidad de votos?, o mejor, ¿cuáles son sus causas, lector? ¿y las mías.? No nos pondremos de acuerdo. Menos aún dependiendo del lado del que estemos, seamos propietarios de una vivienda o no podamos acceder a una.
En estos días nos hemos encontrado con la expropiación de viviendas en Baleares como “utilidad pública o interés social” y no ha tenido una gran acogida, ni entre los vecinos de esas viviendas ni entre los “expertos inmobiliarios”. Eso sí, el político de turno ha tenido una amplia cobertura mediática. ¿Quizás alguien confunde la “utilidad pública o interés social” con el interés particular? No sean mal pensados.
Algo más que cuatro paredes
Ya tenemos claro que la vivienda digna es algo más que cuatro paredes y un techo. Si lo tuviéramos realmente claro, no deberíamos estar debatiendo sobre el artículo 33, debatiríamos sobre temas ajenos al ladrillo. Pero los del ladrillo siempre somos los malos y queda bien expropiar al malo de la película. Hemos empezamos por lo grandes tenedores. Cuidado que la puerta ya está abierta.
Que sean los poderes públicos los que tengan que garantizar el acceso a una vivienda digna no quiere decir que lo hagan vía la regulación de precios ni la expropiación. Eso denota un fracaso y una incapacidad en su gestión y una búsqueda de rédito a corto plazo. Pero no arregla el problema.
Ya hay múltiples estudios que demuestran el error de regular los alquileres, por ejemplo en Berlín y otras capitales, y los problemas jurídicos de la expropiación “a demanda”. Pero queda bien como titular en prensa. Y por supuesto, genera debate.
Derechos para todos
Y no, no me vean como el capital que quiere apretar el yugo del pueblo, no. Siempre he abogado por derechos y obligaciones justas para ambas partes. Generemos una oferta estable, tanto en alquiler como en propiedad, con controles efectivos pero no invasivos, que garanticen por igual ambos derechos, el de una vivienda digna y el derecho a la propiedad privada. Muchos ahorros están ahí.
La mejor manera de garantizar el acceso a la vivienda es jugar un partido con las mismas reglas. Si la balanza cae de una de las partes, la otra o no querrá o no podrá jugar el partido.
¿Se les ocurre un buen árbitro para este partido?
No tarden mucho en decidir, que este partido ya lo estamos jugando.
Sergio López Acover, CEO e Impulsor de Viviendea.
Publicado originalmente en El Periódico de Aquí