Seguir la legislación inmobiliaria española es clave si pretendes evitar problemas que pueden surgir en la construcción.
Desde Viviendea sabemos que, en ocasiones, es complicado tener una visión de aquellas regulaciones más importantes. ¡Te lo contamos!
Normativas básicas del sector inmobiliario
Las normas básicas del sector que todo el mundo debe conocer son:
- Ley de Vivienda.
La Ley de Vivienda es promulgada con el objetivo de establecer un marco normativo que garantice el derecho de todas las personas a tener una vivienda digna y asequible.
- Ley de Arrendamientos Urbanos.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula el uso y aplicación de los contratos de alquiler. Además, establece las responsabilidades que tiene el arrendador y el inquilino, así como las obligaciones y derechos de ambas partes.
- Ley de Propiedad Horizontal.
La Ley de Propiedad Horizontal es la normativa que regula las comunidades de propietarios, y establece las obligaciones y derechos de los mismos.
Actualizaciones importantes de las normas urbanísticas
Como en la gran mayoría de normativas y leyes, se realizan cambios con el tiempo para ajustarse así a las nuevas formas de vida y necesidades sociales. En este caso, hablamos de una de las actualizaciones más importantes: la nueva Ley de Vivienda aprobada en 2023.
Cambios e impacto de la Ley de Vivienda
El 27 de mayo de 2023 se fijó la nueva Ley de Vivienda. Esta ley ha supuesto varias modificaciones a nivel inmobiliario, tanto para arrendadores como para propietarios que tengan más de 4 propiedades o se encuentren en zonas de mercado residencial tensionado. La ley, entre otras cosas, busca aportar garantías y acceso a una vivienda digna con medidas que favorezcan a quienes deseen alquilar, pero, también, a dueños de propiedades.
En este sentido, se dicta norma nueva sobre definiciones para el título de “gran tenedor”, algunas obligaciones del mismo y los beneficios fiscales para quienes sean propietarios de viviendas y dispongan de estas para alquiler, entre otras.
La norma ya se encuentra en vigor y la puedes ver en el BOE bajo la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Definiciones a tener en cuenta:
En primer lugar, vamos a analizar algunas definiciones que dicta el artículo 3 de la Ley para poder comprender mejor el contenido.
- Gran tenedor según la Ley de Vivienda:
Con respecto a la persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles o que posean una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial se les contará como grandes tenedores. Sin embargo, esta definición será particularmente adaptada si el propietario posee una residencia en una zona declarada como tensionada. En este sentido, los pequeños propietarios serán aquellos quienes dispongan de menos de 5 propiedades.
- Qué se entiende por vivienda asequible incentiva:
Para los efectos de esta ley, el término de vivienda asequible incentivada se le designará a “aquella vivienda de titularidad privada, incluidas las entidades del tercer sector y de la economía social, a cuyo titular la Administración competente otorga beneficios de carácter urbanístico, fiscal, o de cualquier otro tipo, a cambio de destinarlas a residencia habitual en régimen de alquiler”.
En esta también se menciona que, los beneficios otorgados, tendrán limitaciones de uso, temporales y de precios máximos según lo disponga la Administración competente.
Obligación de grandes tenedores en zonas de mercado residencial tensionado
Las Administraciones Públicas, según el artículo 19, podrán exigir a los grandes tenedores de viviendas que se encuentren en las zonas declaradas como “residencias de tensión” la colaboración y suministro de información sobre el uso y destino de las viviendas que estén bajo su título. Esta información que se debe aportar debe ser del año directamente anterior.
Al respecto del tiempo para generar dicho reporte, se indica que se cuenta con ”un plazo máximo de tres meses desde el referido requerimiento, que incluirá, con respecto a las viviendas de titularidad del gran tenedor”.
Beneficios fiscales para propietarios
En la disposición final segunda, que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2024, la ley dicta la norma que se tendrá en cuenta para otorgar los incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los propietarios de viviendas que se encuentren dentro de las zonas de mercado residencial tensionado y que decidan dejarlas en alquiler. Para tipificar los casos en los cuales aplicarìan dichos beneficios, se han dispuesto cuatro tipos de bonificaciones aplicables:
- En un 50%
- A quienes dispongan en alquiler su vivienda
- En un 60%
- Cuando la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación
- En un 70%:
- A quienes alquilen por primera vez a personas entre los 18 y 35 años.
- A quienes dispongan su vivienda para el alquiler social “con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda, o al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica”.
- En un 90%:
- A quienes formalicen la actualización del contrato anual con una rebaja de un 5% en relación con la renta inicial sobre la misma vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado.
Se señala que estas disposiciones deberán cumplirse en el momento de celebrar el contrato de arrendamiento y su aplicación en términos de reducción será posible mientras se sigan cumpliendo las mismas.
A la hora de potenciar y optimizar tu negocio, es igual de importante conocer las diferentes regulaciones del mercado inmobiliario que conocer qué es lo que buscan tus clientes potenciales. En Viviendea no podemos controlar lo primero, pero sí podemos ayudarte a conseguir compradores antes de comenzar la construcción.